El juez Henry Leiva, de la Unidad Multicompetente Penal del cantón Mejia sustituyó el arresto domiciliario que se impuso a Wilson Israel R. P. El hombre es procesado por el delito de muerte causada por conductor en estado de embriaguez, el 4 de mayo de 2023.
Fiscalía informó que en la audiencia de revisión de medida cautelar, el juzgador ordenó presentaciones periódicas y prohibición de salida del país. Lo hizo a pesar de la argumentación que efectuó el fiscal del caso para mantener la medida,
Fiscalía alegó que en este caso, cuya instrucción se cerró el 5 de junio, no existen elementos nuevos para desvanecer los hechos: se causó la muerte de dos personas porque el procesado manejaba en estado etílico, por lo tanto “no existe justificación para el cambio de medida”, aclaró el fiscal.
Además, el delito por el que está procesado el ciudadano al que se le levantó el arresto domiciliario –impuesto en la formulación de cargos, aún cuando Fiscalía solicitó la prisión preventiva-, está sancionado con privación de la libertad de diez a doce años. También, con revocatoria definitiva de la licencia para conducir vehículos, según el artículo 376 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Los hechos
Sin embargo, el Juez justificó su decisión en el artículo 519 del COIP. Este define la finalidad de las medidas cautelares y afirmó que se cumple con tres de las cuatro que allí precisa.
El hecho que investiga la Fiscalía Multicompetente del Cantón Mejía data del 4 de mayo de 2023. Esa noche, el vehículo que conducía el procesado atropelló a una moto, provocando la muerte de sus dos ocupantes, de 18 y 26 años de edad. Sucedió a la altura de las rieles de Tambillo.
El informe de causa basal indica que el motivo del siniestro fue por conducir en estado etílico. Esto fue corroborado por la prueba de alcoholemia practicada al procesado, misma que dio como resultado 1,91 gramos de alcohol por litro de sangre (g/l), cuando el límite legal permitido es de menos de 0,30 g/l.
Fiscalía está a la espera de la notificación del día y la hora para la audiencia preparatoria de juicio y sustentación de dictamen.