TCE resuelve sancionar al alcalde de Cuenca por violencia política de género

El juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Joaquín Viteri, resolvió suspender por seis meses los derechos de participación política del alcalde de Cuenca, Cristian Zamora, tras declararlo responsable de una infracción electoral por violencia política de género.
La decisión consta en la sentencia de la causa Nro. 034-2026-TCE, en la que el magistrado aceptó la denuncia presentada por la concejala Diana del Rocío González.
En la resolución, el juez concluyó que Zamora incurrió en la infracción electoral tipificada en el artículo 280, numerales 3 y 7, del Código de la Democracia, en concordancia con el artículo 279 numeral 14, por actos de violencia política de género contra la edil cuencana.
Según la resolución, el alcalde utilizó medios institucionales y redes sociales para desacreditar a la edil y afectar su imagen pública.
Como parte de la sanción, el TCE dispuso la suspensión de los derechos de participación del alcalde por un periodo de seis meses. Una vez que la sentencia quede ejecutoriada, el Ministerio del Trabajo deberá registrar el impedimento para ejercer cargo público, mientras que el Consejo Nacional Electoral y el propio Tribunal deberán incorporar la suspensión en los registros electorales correspondientes.
El fallo también tiene implicaciones en el escenario electoral local. De quedar en firme la suspensión de derechos políticos, Zamora no podría inscribir una candidatura para buscar la reelección en la Alcaldía de Cuenca durante el proceso electoral de 2027, que se celebra este 29 de noviembre.
El calendario electoral prevé que el periodo de inscripción de candidaturas se desarrolle entre el 2 y el 17 de agosto.
La sentencia fue emitida en primera instancia, por lo que el alcalde aún puede presentar un recurso de apelación ante el pleno del Tribunal Contencioso Electoral.
La resolución también impone al alcalde una multa equivalente a 25 salarios básicos unificados, es decir, USD 12.050. El pago deberá realizarse en un plazo de 30 días desde la ejecutoria de la sentencia.
Además, el fallo establece medidas de reparación integral y garantías de no repetición. Entre ellas, dispone que Zamora elimine de sus cuentas oficiales las publicaciones relacionadas con el caso y que asista y apruebe un curso de 40 horas sobre sensibilización contra la violencia de género.



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