Una demanda de inconstitucionalidad fue presentada ante la Corte Constitucional (CC) para intentar dejar sin efecto la “Tasa por Servicio Aduanero” del 30 % que aplica Ecuador a las importaciones provenientes de Colombia desde el 1 de febrero de 2026. El accionante solicita además medidas cautelares para suspender temporalmente el cobro hasta que se pronuncie el tribunal.
¿Quién presentó la demanda y qué pide?
El economista Andrés Albuja interpuso la demanda el 31 de enero de 2026 ante la CC, y actualmente el caso está a cargo de la jueza Alejandra Cárdenas.
Albuja argumenta que la resolución del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) mediante la que se creó esta tasa vulnera la Constitución y los tratados internacionales de integración, específicamente en relación con los principios de jerarquía normativa y libre comercio establecidos en instrumentos como el Acuerdo de Cartagena de la Comunidad Andina.
Según la demanda, la tasa actuaría como un “gravamen para-arancelario”, contraviniendo las normas de integración regional y exponiendo al Estado ecuatoriano a posibles sanciones por incumplimiento de compromisos internacionales.
Principales argumentos legales
Entre las observaciones del demandante se encuentran:
Que la tasa fue creada por resolución administrativa cuando, según la Constitución, solo la Función Ejecutiva mediante ley aprobada por la Asamblea Nacional puede crear, modificar o suprimir tributos.
Que la medida podría afectar la soberanía económica y la seguridad energética de Ecuador, dado que el país depende de importaciones de energía desde Colombia en un contexto de déficit eléctrico.
Que la tasa genera un escenario de retaliación comercial, al tiempo que contradice los compromisos de integración y libre circulación de bienes en el marco de la Comunidad Andina.
Solicitudes a la Corte Constitucional
En su escrito judicial, Albuja pidió a la Corte:
Que se declare la inconstitucionalidad de la tasa del 30 % tanto en el fondo como en la forma, por violar normas constitucionales y tratados internacionales.
La suspensión provisional del cobro de la tasa mientras se resuelve la demanda, con el fin de evitar perjuicios al comercio exterior y la relación económica con Colombia.
Que se ordene al Senae dejar sin efecto de forma permanente la resolución que impuso la tasa y que se disponga la devolución de los valores recaudados bajo este concepto.
Contexto económico y diplomático
La tasa del 30 % fue impuesta por Ecuador como una “tasa de seguridad aduanera” sobre las importaciones provenientes de Colombia, en respuesta a lo que el Gobierno ha descrito como falta de cooperación efectiva de las autoridades colombianas en materia de seguridad fronteriza y lucha contra el crimen organizado.
Esta medida ha generado tensión comercial y diplomática entre ambos países y ha provocado reacciones de gremios empresariales y transportistas, que piden la apertura de un diálogo bilateral para buscar soluciones consensuadas y evitar afectaciones mayores al comercio binacional.
La demanda presentada ante la Corte Constitucional marca una nueva fase en la disputa comercial entre Ecuador y Colombia por las tasas arancelarias del 30 %. La decisión de la Corte —tanto sobre las medidas cautelares como sobre la constitucionalidad de la tasa en sí— podría tener impactos directos en el comercio fronterizo, las relaciones económicas bilaterales y la estabilidad de los acuerdos comerciales regionales vigentes.
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