Superintendencia pone bajo la lupa la venta de textos escolares en Ecuador
La Superintendencia de Competencia Económica pidió a los actores que participan en la edición, importación, distribución y comercialización de textos escolares mantener su autonomía comercial y evitar prácticas que puedan afectar la libre competencia, especialmente ante el inicio del período escolar en el régimen Sierra-Amazonía.
La SCE recordó que el Reglamento para la Regulación de Pensiones y Matrículas, expedido el 5 de agosto de 2025, establece un precio máximo de referencia para los textos escolares y prohíbe que las instituciones educativas direccionen obligatoriamente las compras hacia proveedores específicos.
La entidad también pidió evitar acuerdos entre competidores que puedan influir en precios, descuentos, tarifas, incrementos, reducciones u otras condiciones comerciales. Cada empresa deberá establecer sus condiciones de manera independiente, de acuerdo con sus costos y estrategia comercial.
Otra de las recomendaciones se relaciona con el intercambio de información comercial sensible. La Superintendencia advierte sobre la necesidad de no compartir datos no públicos como precios futuros, descuentos, márgenes, costos, inventarios, clientes y estrategias comerciales, incluso mediante asociaciones, distribuidores, consultores o terceros.
La SCE también pone atención sobre las exclusividades comerciales que puedan dificultar el ingreso o expansión de competidores. Además, advierte que varias exclusividades acumuladas podrían generar efectos negativos sobre la competencia.
En cuanto a las familias, una institución educativa podrá seleccionar determinados textos por razones pedagógicas, pero esa decisión no debe utilizarse para obligar a los padres a comprarlos en una librería, distribuidor, plataforma o punto de venta específico, salvo que exista una justificación objetiva.
La Superintendencia también se refirió a la venta conjunta de textos con cuadernos, códigos digitales, licencias, plataformas u otros materiales. Estas combinaciones pueden tener justificaciones legítimas, pero no deben convertirse en una obligación que reduzca las alternativas disponibles para los consumidores.
Los descuentos, bonificaciones y comisiones también deberán responder a criterios objetivos, transparentes y verificables, sin utilizarse para garantizar exclusividades o impedir que otros proveedores accedan a determinados clientes o canales de venta.
La SCE recomendó además que las relaciones comerciales sean formalizadas mediante contratos que detallen obligaciones, pagos, duración, descuentos y condiciones de terminación. Sin embargo, contar con un contrato escrito no vuelve legales aquellas cláusulas o prácticas que restrinjan la competencia.
La ciudadanía, los establecimientos educativos y los operadores económicos pueden reportar posibles conductas anticompetitivas relacionadas con la comercialización de textos escolares a través de los canales oficiales de la Superintendencia. La entidad indicó que podrá investigar y sancionar cuando encuentre indicios de infracciones a la normativa de competencia.
El exhorto fue emitido el 25 de agosto de 2026 en Quito y lleva la firma del superintendente de Competencia Económica, Hans W. Ehmig Dillon.



¡Sin comentarios! Sé el primero.