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Prohibición de retorno aumentará a 20 años para las personas que cometan delitos graves

La Asamblea Nacional debatirá el próximo 15 de febrero una reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP) que aumenta de 10 a 20 años la prohibición de retorno a Ecuador para personas extranjeras que hayan sido sancionadas con prisión por delitos que superan los cinco años de cárcel.

Con esto se busca reducir el hacinamiento en las cárceles, pues el presidente Daniel Noboa dispuso la repatriación de internos extranjeros para aliviar la crisis carcelaria. Además de endurecer las penas para delitos graves, la reforma busca combatir el sicariato, secuestro, extorsión, narcotráfico, terrorismo y otros delitos.

Artículo 61 del COIP se modifica para aumentar la prohibición de retorno de 10 a 20 años.

El informe para segundo debate del proyecto reforma el primer párrafo del artículo 61 del COIP, referente a la expulsión y prohibición de retorno al territorio ecuatoriano para personas extranjeras, donde se dispone que “procede en delitos sancionados con pena privativa de libertad mayor a cinco años. Una vez cumplida la pena, la persona extranjera queda prohibida de retornar a territorio ecuatoriano por un lapso de veinte años”.

Actualmente, el COIP dispone una prohibición de retorno al Ecuador país por un lapso de diez años, pero en la reforma se endurece la sanción y buscan incrementar diez años más, es decir 20 años de prohibición.

De aprobarse la reforma al artículo 61 del COIP, estarán prohibidos de retornar al Ecuador por veinte años las personas extranjeras que hayan sido sentenciadas por delitos donde la pena supera los cinco años.

Y según el proyecto de reformas al COIP que debatirá la Asamblea Nacional el próximo 15 de febrero, se endurecerán las penas para los siguientes delitos y que superarán los cinco años de prisión: sicariato, secuestro, delincuencia organizada, secuestro extorsivo, extorsión, extorsión sexual, tráficio ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, producción ilícitada de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, testaferrismo, tráfico ilícito de armas de fuego, terrorismo, financiación de terrorismo, asesinato, homicidio, trata de personas, tráfico de migrantes, actividad ilícita de recursos mineros, enriquecimiento ilícito, asociación ilícita, entre otros.

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