Estado de excepción y toque de queda en Ecuador: estas son sus diferencias y cómo se aplicarán
El Gobierno de Ecuador decretó un estado de excepción durante 60 días en ocho provincias y tres cantones, mientras que el toque de queda tendrá una duración de 14 días y se aplicará únicamente en El Oro, Guayas, Los Ríos y Manabí, entre las 00:00 y las 05:00.
El Gobierno de Ecuador decretó este martes 15 de septiembre de 2026 un estado de excepción y un toque de queda, dos medidas relacionadas con la seguridad, pero que tienen alcances y restricciones diferentes.
El estado de excepción fue establecido mediante el Decreto Ejecutivo 498 y tendrá una duración de 60 días. La medida comprende las provincias de El Oro, Esmeraldas, Guayas, Los Ríos, Manabí, Pichincha, Santa Elena y Santo Domingo de los Tsáchilas.
Además, la declaratoria incluye a los cantones Camilo Ponce Enríquez, en Azuay; Las Naves, en Bolívar; y La Maná, en Cotopaxi.
Durante el estado de excepción se suspenden los derechos a la inviolabilidad de domicilio y de correspondencia en las zonas establecidas por el Ejecutivo.
El decreto también permite el empleo de las Fuerzas Armadas, en coordinación con la Policía Nacional, para restablecer y mantener el orden público, fortalecer la protección interna y enfrentar actividades criminales y violentas.
Asimismo, contempla la posibilidad de realizar la requisición temporal de bienes y servicios de origen lícito, siempre que sean estrictamente necesarios para las operaciones de seguridad.
Toque de queda tendrá una duración de 14 días
El toque de queda es una medida distinta, ya que establece una restricción específica a la movilidad de las personas.
A diferencia del estado de excepción, no se aplicará en todas las provincias y cantones incluidos en la declaratoria. El Decreto Ejecutivo 498 establece el toque de queda únicamente para El Oro, Guayas, Los Ríos y Manabí.
La restricción comenzará el 17 de septiembre y permanecerá vigente hasta el 30 de septiembre de 2026, todos los días entre las 00:00 y las 05:00.
Durante este periodo, la circulación estará restringida, aunque existen excepciones para determinadas actividades y servicios. Entre ellas se encuentra el personal de los establecimientos y servicios de salud de la Red Pública Integral de Salud y de la Red Privada Complementaria.
También están contemplados los integrantes de las fuerzas de seguridad, entidades complementarias de seguridad y los servicios relacionados con gestión de riesgos, emergencias y desastres.
La ejecución de ambas medidas estará a cargo de los ministerios de Defensa y del Interior, la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, en coordinación con las instituciones competentes.
De esta manera, mientras el estado de excepción establece medidas extraordinarias durante un periodo de 60 días en determinadas zonas del país, el toque de queda se concentra específicamente en la restricción de movilidad durante cinco horas de la madrugada y únicamente en cuatro provincias.
Fuente: El Universo



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