El 16 de noviembre habrá elecciones nacionales en Ecuador de un referéndum y consulta popular, y únicamente si gana la pregunta del casillero D que consta en la papeleta electoral habrá una nueva convocatoria a votar para elegir asambleístas constituyentes. Pero de ganar el no en el casillero D, no habrá nuevos comicios y los ciudadanos que no ejercieron su derecho se enfrentarán al pago de una multa de $ 40.

Dentro de diez días, 13′938.724 ecuatorianos están convocados a votar por un cuestionario de cuatro preguntas de referéndum y consulta popular, cuya participación es obligatoria. Solo los ecuatorianos que viven en el extranjero, los menores de 18 y mayores de 65 años tienen voto facultativo.

En un ejercicio de conocer la opinión de ciudadanos, este Diario consultó si asistirán a sufragar este 16 de noviembre: al menos tres de cada diez dudaban de presentarse en los recintos electorales. Sin embargo, se arriesgan a ser sancionados con multas por el Consejo Nacional Electoral (CNE).

El organismo prepara esta elección para que la gente se pronuncie si está de acuerdo o no con la interrogante A para permitir que bases militares extranjeras puedan instalarse en territorio ecuatoriano. La pregunta B es sobre eliminar la obligación del Estado de financiar las actividades de capacitación y formación de los partidos y movimientos políticos a través del Fondo Partidario Permanente.

También la pregunta C respecto de si el elector está de acuerdo con que la Asamblea Nacional tenga menos integrantes, es decir, que de tener 151 pase a contar con 73 asambleístas.

La pregunta D es de consulta, también conocida como plebiscito, y pide la opinión ciudadana de si está de acuerdo en que se instale una asamblea constituyente que redacte una nueva constitución y se derogue la actual que se emitió en el 2008, en Montecristi (Manabí).

Si la persona no asiste a votar el 16 de noviembre y Daniel Noboa no obtiene el favor popular y pierde, no habrá nuevas elecciones de asambleístas constituyentes y seguirá en vigor la actual carta política. En tanto, el ciudadano deberá pagar una multa de $ 47, de acuerdo con el artículo 292 del Código de la Democracia sobre la infracción de no asistir a votar.

A esto se suma que si la persona es vocal de junta receptora del voto (JRV) y no asiste a la capacitación, deberá pagar una multa de $ 70,5. En esencia, por no ir a votar y no asistir a la capacitación para ser vocal de la JRV el día de la elección, el ciudadano tendrá una multa de $ 117.

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