Tras el histórico fallo de la Corte Constitucional (CC) que despenalizó la eutanasia en Ecuador, la Defensoría del Pueblo asumirá un rol protagónico en la elaboración de la normativa que regule este procedimiento.
El pasado 5 de febrero, la CC dio paso a una demanda presentada por Paola Roldán, una paciente con esclerosis lateral amiotrófica (ELA), quien buscaba acceder a la eutanasia. La decisión de la Corte abre la puerta a la despenalización de la eutanasia en el país, pero establece plazos para la elaboración de una ley que regule su aplicación.
Responsabilidades
Defensoría del Pueblo:
-
- Elaborar una hoja de ruta para la construcción de la ley de eutanasia en un plazo de seis meses.
- Presentar el proyecto de ley ante la Asamblea Nacional.
- Involucrar a la sociedad civil y expertos en el proceso de elaboración de la ley.
Ministerio de Salud Pública:
-
- Expedir un reglamento que regule el procedimiento para la aplicación de la eutanasia activa voluntaria y avoluntaria en un plazo de dos meses.
Asamblea Nacional:
-
- Conocer, discutir y expedir la ley que regule los procedimientos eutanásicos en un plazo de doce meses desde la presentación del proyecto de ley.
La Defensoría del Pueblo ha hecho un llamado a la participación ciudadana en la construcción de la ley de eutanasia. Se invita a la sociedad civil, expertos en bioética, medicina, derecho y otros campos relacionados a presentar sus observaciones y propuestas al proyecto de ley.