Corte Constitucional ratifica la suspensión provisional de Revolución Ciudadana
La Corte Constitucional no admitió la acción extraordinaria de protección presentada por el movimiento Revolución Ciudadana (RC5), con la que buscaba dejar sin efecto la suspensión provisional dictada por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE). Con esta decisión, la medida continúa vigente.
La resolución fue adoptada por una Sala de Admisión, que concluyó que el recurso no cumplía con los requisitos establecidos para su trámite. La suspensión del movimiento fue ordenada por el juez del TCE, Joaquín Viteri, tras un pedido de la Fiscalía General del Estado, dentro de una investigación previa por un presunto delito de lavado de activos relacionado con el financiamiento de campañas políticas, conocido como caso Caja Chica.
Con este pronunciamiento, la Corte Constitucional dejó en firme la resolución emitida por el Tribunal Contencioso Electoral. La decisión agota la vía constitucional respecto a esta acción extraordinaria de protección, aunque tanto el proceso electoral como la investigación de la Fiscalía continúan en desarrollo.
Tras conocerse el fallo, Revolución Ciudadana expresó su rechazo mediante un comunicado, en el que sostuvo que en Ecuador no existen garantías efectivas para proteger los derechos políticos y anunció que continuará denunciando la suspensión de la organización. No obstante, los candidatos respaldados por el correísmo podrán participar en las elecciones seccionales de 2027 mediante la alianza electoral con el movimiento AMIGO.



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