En Ecuador, el décimo cuarto sueldo es una remuneración adicional que todos los trabajadores en relación de dependencia tienen derecho a recibir cada año, y su origen se remonta a 1968, cuando se creó con el propósito de apoyar a las familias ante los gastos que implica el inicio del año escolar.
Este beneficio consiste en un monto equivalente a un Salario Básico Unificado (SBU) vigente —que para 2026 está establecido en USD 482— y se entrega de manera anual en fechas distintas dependiendo de la región geográfica en la que labora el trabajador.
Fechas de pago por región:
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Costa y Galápagos: el pago se realiza hasta el 15 de marzo, antes del inicio del año lectivo en esas zonas.
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Sierra y Oriente (Amazonía): el pago se efectúa hasta el 15 de agosto, acorde a su calendario escolar.
Este bono también se conoce popularmente como “bono escolar” debido a su uso principal: ayudar a cubrir gastos asociados con uniformes, matrícula, útiles y otros costos educativos que se presentan justo cuando inicia el ciclo escolar.
¿Quiénes lo reciben?
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Trabajadores bajo contrato de trabajo que hayan laborado un año completo con el mismo empleador reciben el monto completo.
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Quienes no hayan cumplido un año de servicio tienen derecho a un valor proporcional, calculado en función de los meses trabajados.
Este beneficio está contemplado por la legislación laboral ecuatoriana y es de carácter obligatorio para empleadores del sector público y privado.






