CNE permitirá subsanar listas de candidatos por cinco razones
El Consejo Nacional Electoral (CNE) informó que las 24 Juntas Provinciales Electorales deberán revisar los documentos de más de 53.000 solicitudes de inscripción de candidaturas presentadas para las elecciones seccionales del 29 de noviembre de 2026. El reporte preliminar registra 53.534 solicitudes.
Entre las postulaciones constan 1.348 para alcaldías y 152 binomios para prefecturas y viceprefecturas. También se registraron candidaturas para concejalías urbanas y rurales, concejalías por circunscripción y vocalías de juntas parroquiales.
Después de la inscripción, las listas son remitidas a los representantes de las 233 organizaciones y alianzas electorales para que puedan presentar objeciones cuando consideren que algún candidato incumple requisitos o está incurso en una inhabilidad.
Las Juntas Provinciales también verificarán que los postulantes cumplan los requisitos legales, presenten su plan de trabajo y la correspondiente declaración juramentada.
Existen dos situaciones en las que una lista puede ser rechazada de manera definitiva. La primera ocurre cuando las candidaturas no provienen de procesos democráticos internos o elecciones primarias. La segunda corresponde al incumplimiento de las reglas de paridad, alternabilidad, secuencialidad e inclusión de jóvenes. Estos requisitos no son subsanables.
En cambio, las organizaciones podrán corregir sus listas cuando existan cinco tipos de incumplimientos: edad o pertenencia, inhabilidades o prohibiciones legales, falta del plan de trabajo, ausencia de la declaración juramentada ante notario o documentación incompleta y falta de formalidades en la inscripción.
Para realizar estas correcciones, las Juntas Provinciales notificarán a los representantes legales de las organizaciones, quienes tendrán dos días para entregar documentos pendientes o, cuando corresponda, reemplazar a los candidatos.
Los reemplazos deberán pertenecer al mismo sexo o género del candidato sustituido para mantener las reglas de paridad e inclusión de jóvenes. Además, la persona que asuma deberá aceptar personalmente su postulación ante el CNE o la Junta Electoral.
Si la organización no corrige el incumplimiento dentro del plazo establecido, la autoridad electoral podrá rechazar definitivamente toda la lista.



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