Otros menores de edad están involucrados en delitos, esta vez en el secuestro que sufrió una pareja de Quito. Entre los aprehendidos están dos menores, de 10 y 13 años.
La detención de los dos menores ocurrió durante el rescate de Mauricio Martínez y su esposa, Vanessa Egas, reportados como desaparecidos tras encontrar abandonado su vehículo en el nororiente de Quito.
El trabajo de las unidades especiales de la Policía permitió la liberación de la pareja, que fue entregada a sus familiares la mañana de este lunes, 13 de marzo, en la Comandancia de Policía.
En el caso se informó que fueron aprehendidos dos adultos, uno con antecedentes penales, y dos menores de edad, que fueron aislados.
Sin embargo, hay un límite de edad para que los menores puedan ser procesados penalmente; es decir, existe una edad mínima para que se los pueda tratar según establezca la ley.
El artículo 4 del Código de la Niñez y Adolescencia establece que se considera niño o niña a la persona que no ha cumplido doce años de edad, y que adolescente es la persona que tiene entre doce y dieciocho años.
En el artículo 306 se establece que los adolescentes que cometan infracciones tipificadas en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) estarán sujetos a medidas socioeducativas, aunque el artículo 305 dice que no podrán ser juzgados por jueces penales ordinarios y que no se les aplicarán las sanciones previstas en esta norma.
Pero, en cuanto a los niños, el artículo 307 del Código de la Niñez y Adolescencia dice: “Los niños y niñas son absolutamente inimputables y tampoco son responsables; por tanto, no están sujetos ni al juzgamiento ni a las medidas socioeducativas contempladas en este Código”.
El experto en derecho penal Sebastián Cornejo señaló que, en efecto, los menores de 12 años no podrían ser imputados penalmente, y que tampoco pueden ser aplicadas las sanciones socioeducativas.
Agregó que, en este caso particular procede la inmediata liberación, en caso de que uno de los aprehendidos tenga 10 años.
Fausto Olivo, director de Investigaciones de la Policía Nacional, indicó que los agentes realizan el aislamiento cuando se los encuentra en delito flagrante o cuando se han formulado cargos a menores a partir de los 13 años.
“En este caso, el menor mencionó que tenía 10 años, pero se están haciendo las verificaciones para determinar su verdadera edad, que sería de 13 años. Y se trataría de alias Boquita, que es el que participó en la muerte del sargento Freddi Bonilla en Esmeraldas”, acotó.
Ante esto, Cornejo indicó que el COIP establece en el artículo 34 que para que una persona sea considerada responsable penalmente deberá ser imputable y actuar con conocimiento de la antijuridicidad de su conducta. Por eso, a los adolescentes se les brindan otras medidas, pues la ley les brindaría una segunda oportunidad al no conocer por completo las normas de la sociedad, explicó.
Por su parte, Fausto Salinas, comandante de la Policía Nacional, dijo que la niña de 13 años fue quien intentó sacar dinero en un cajero con una tarjeta de los secuestrados. Esto sirvió como indicio principal para dar con el domicilio donde se realizó la intervención y rescate de la pareja.