Los empresarios de Costa Rica y Ecuador firmaron un acuerdo interinstitucional para fortalecer las relaciones bilaterales comerciales.
El Comité Empresarial Ecuatoriano (CEE) y la Asociación Cámara de Comercio Exterior de Costa Rica y de Representantes de Casas Extranjeras (Crecex) hicieron la alianza. Se lo hizo tras la firma del acuerdo comercial entre ambos países.
Con motivo del acuerdo, los empresarios acompañaron al presidente Guillermo Lasso y sus ministros a San José de Costa Rica.
Lasso y el presidente de Costa Rica, Rodrigo Chaves, suscribieron la negociación el 1 de marzo del 2023.
El memorándum de entendimiento de los empresarios firmado por Miguel Ángel González, presidente del CEE, y José Salas Esquivel, presidente de Crecex, contempla 9 puntos.
La colaboración bilateral
1. Se apoyarán mutuamente para fomentar la relación bilateral. Dentro de sus respectivas competencias se tomarán acciones, trabajos y proyectos de cooperación en las áreas de interés común.
2. Trabajarán conjuntamente por el proceso de integración regional. Se apoyarán y promoverán los procesos de integración comercial de interés de cada país, y en particular con Ecuador.
3. Las acciones, trabajos y proyectos conjuntos que se convengan podrán formalizarse a través de acuerdos específicos. Los resultados se evaluarán en las instancias y con las modalidades que se determinen en cada oportunidad.
4. Pondrán su esfuerzo y cooperación para la futura conformación de un Consejo Binacional Costa Rica- Ecuador. Este promoverá y facilitará el comercio, y representará los intereses en ambos países. Apoyarán iniciativas para inversiones y acciones recíprocas.
5. Se acordó intercambiar, de manera continua e información sobre el comercio y la inversión mutuas. Con tal efecto, intercambiarán publicaciones, catálogos, entre otros.
6. Toda diferencia sobre el alcance, efectos, interpretación u otras materias relacionadas con el memorando se solucionará mediante diálogo directo.
7. El Memorándum regirá a partir de su suscripción y será indefinido. Puede ser modificado de común acuerdo.
8. La modificación total o parcial e incluso la terminación no afectará a los proyectos en desarrollo, salvo otra decisión.
9. Para facilitar la coordinación y ejecución de este acuerdo se designaron a la Dirección Ejecutiva de Crecex y a la Dirección Ejecutiva del CEE, para que sean los puntos de contacto. Estas actuarán como el canal de comunicación.