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El Bloque de Seguridad critica la declaratoria de inconstitucionalidad del estado de excepción focalizado

El Bloque de Seguridad criticó este sábado, 15 de junio, la decisión de la Corte Constitucional de anular el estado de excepción en siete provincias, donde los agentes operan contra bandas del crimen organizado.

Según el organismo, los estados de excepción decretados por el presidente Daniel Noboa han permitido reducir los índices de violencia. Sin embargo, comentaron que la decisión de la Corte Constitucional de anular el último “se aparta de la línea firme que el Gobierno emprende, lo cual puede limitar el accionar del Bloque de Seguridad” en la lucha contra el crimen organizado.

La entidad defendió que las decisiones del Gobierno están “sustentadas por análisis técnicos y estratégicos” y “cuenta con el apoyo popular”.

El Bloque de Seguridad defiende los resultados de los estados de excepción

Según ese organismo, las operaciones policiales y militares desplegadas “han logrado disminuir en un 31 % las muertes violentas en lo que va de la semana 24 del año a escala nacional”. Asimismo, mencionó que Manta, donde se había registrado un auge del crimen, “lleva 8 días sin muertes violentas, un hecho sin precedente” en lo que va de 2024.

También informó de que se han incautado unas tres toneladas de sustancias ilegales, lo que supone un golpe a las estructuras del crimen organizado, ya que se ha logrado impedir un negocio calculado en unos USD 200 millones y debilitado de manera significativa a las bandas criminales.

Además, aseguró que se han capturado a delincuentes considerados por las fuerzas de seguridad como “objetivos de mediano y alto valor”.

Declaratoria de inconstitucionalidad

La Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad del decreto 275, que declaraba el estado de excepción en siete de las 24 provincias del país y adicionalmente en un municipio, bajo la justificación de la existencia de un “conflicto armado interno”.

Este último estado de excepción buscaba reemplazar a otro anterior que abarcaba cinco provincias y que la Corte Constitucional también había anulado.

Las jurisdicciones involucradas con la última medida excepcional eran las provincias de Guayas, Santa Elena, El Oro, Manabí, Sucumbíos, Orellana y Los Ríos, así como el municipio Camilo Ponce Enríquez, de la jurisdicción de Azuay.

En ambos casos, el tribunal consideró que “los hechos mencionados en el decreto no configuran específicamente la causal de conflicto armado interno”.

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