El secretario de Seguridad Pública y del Estado, Diego Ordóñez, explicó este 3 de abril del 2023 que la tenencia y porte de armas de uso civil para defensa personal no será libre sino que existen requisitos. Además, dependerá de cada institución la prohibición de ingreso con armas.
“Que quede claro a los ciudadanos, que no se trata del libre porte de armas. Esto es importantísimo porque muchos han generado conclusiones sin tener en cuanta el contenido del Decreto. Se trata del porte de armas controlado, con autorización, con requisitos”, justificó Ordóñez en Ecuavisa.
Rechaza otro aspecto que considera como prejuicio: “No se está armando a la población”. Dijo que dar la posibilidad de que la ciudadanía porte un arma, cumpliendo requisitos, tendrá un efecto disuasivo en la delincuencia «porque pensarán que a quien atacan puede tener un instrumento de defensa, un arma o un aerosol de gas pimienta».
El Gobierno, mediante el Decreto Ejecutivo 707, autorizó el porte de armas de uso civil para defensa personal a escala nacional a personas naturales que cumplan los requisitos conforme a la Ley, el Reglamento a la Ley sobre armas, municiones y explosivos, y bajo las autorizaciones correspondientes. También se autoriza el porte y uso de aerosoles de gas pimienta para defensa personal.
Según Ordóñez, para tomar la decisión, el Gobierno analizó evidencias de otros países sobre la reducción de muertes violentas. “No hay medida perfecta, todas tienen pros y contras”, pero con la medida actual puede haber mejores resultados, agregó.
El porte de armas no significa que se lo pueda hacer en cualquier lugar, se podrá establecer restricciones para el ingreso, apuntó el Secretario. Ejemplificó que los aeropuertos tienen una regulación propia para prohibir armas en vuelos comerciales, que está vigente. “Cada institución podrá establecer las limitaciones para que las personas que tienen autorización del porte de armas no ingresen a ciertos lugares con el arma”.
Me gusta esto:
Me gusta Cargando...