El Oro

Campaña anticipada predomina en El Oro, según el CNE

En paredes, calles y vehículos puede evidenciarse el nombre y rostro de los diferentes precandidatos a elegir en las próximas elecciones seccionales y CPCCS 2023, por tal motivo, el Consejo Nacional Electoral de El Oro, realiza un monitoreo a las actividades proselitistas que  protagonizan los personajes políticos cobijados por sus respectivas organizaciones políticas, el ente electoral detectó un incumplimiento generalizado.

Mario Ruano, director del CNE provincial, comentó que «tenemos 639 evidencias recolectadas en este último período, de los cuales hemos realizado cerca de 8 informes que fueron remitidos a la matriz de Quito», señaló.

La Dirección Nacional de Fiscalización y Control del Gasto Electoral es el ente encargado de realizar el análisis técnico-jurídico de las evidencias recibidas para enviar al Tribunal Contencioso Electoral, que son los responsables de aplicar las sanciones correspondientes a los infractores o de archivar los casos.

Ruano especificó que la delegación de la provincia se encuentra trabajando desde enero del presente año en la recolección de evidencias de las organizaciones políticas que se encontrarían realizando campaña anticipada.

El director aseguró que «las evidencias recolectadas pertenecen a todos los partidos políticos», que son de los 37 partidos políticos de ámbito nacional, provincial y cantonal. Entre las evidencias recolectadas se encuentran paredes pintadas, murales pintados, stickers en vehículos, gigantografías, entrega de flyers, entre otros, indicó.

Según el Reglamento de Fiscalización en el artículo 8 se define a la campaña anticipada o precampaña electoral «como todo acto proselitista de reunión pública, asamblea o marcha organizada de manera directa o indirecta, por organizaciones políticas osociales, por intervención de afilidades, adherentes permanentes, candidatos y engeneral personas naturales o jurídicas que difundan o utilicen propaganda o publicidad electoral con la imagen, voz y nombres exclusivos de las personas que se encuentren inscritas como candidatas o candidatos».

De acuerdo al Código de la Democracia en el artículo 278, numerales 7 y 9, acerca de la campaña anticipada, señala que las infracciones electorales graves serán sancionadas con multas desde once salarios básicos unificados, destitución y/o suspensión de derechos de participación desde seis meses hasta dos años.

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