La Muerte Cruzada sería la última opción que tiene Guillermo Lasso para evitar que la Asamblea lo destituya. Sin embargo, los hechos para argumentar una de las tres causales sería el principal obstáculo para que el Ejecutivo tome esa decisión.
La Constitución establece tres causales para que el Ejecutivo declare la Muerte Cruzada: la primera es que la Asamblea se arrogue funciones que no le competan constitucionalmente.
La segunda es si de forma reiterada e injustificada, el Legislativo obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo. Y la tercera por grave crisis política y conmoción interna.
Sin embargo, solamente la primera requiere de un dictamen de la Corte Constitucional (CC) para que se viabilice. Las otras dos solo requieren de un Decreto Ejecutivo que tiene como consecuencia la disolución de la Asamblea.
Los expertos en Derecho Constitucional, Gonzalo Muñoz y Libia Rivas, no identifican hechos concretos por los cuales el Presidente recurra a ninguna de las tres causales.
Pero ambos coinciden en que invocar la arrogación de funciones no detiene una eventual destitución por parte de la Asamblea. Lo contrario ocurre con las otras dos ya que, en el momento en que se emita el Decreto, se extingue el Legislativo.
La grave conmoción y crisis política sería la opción más cercana para el Gobierno. Muñoz explica que la argumentación que exponga no será sometida a ningún tipo de control, ni por la Asamblea ni por la Corte Constitucional.
Al final del día, cualquier mandatario podría invocar la Muerte Cruzada teniendo en cuenta que eso le significaría llamar a nuevas elecciones sin garantía de que podría retomar el poder.
Entonces, recurrir a esa opción es más una especie de pulso entre el Ejecutivo y Legislativo. Para el analista político Esteban Ron, que Lasso tome esa decisión se basaría en su negativa de someterse al “escrutinio exacerbado de la Asamblea por los ataques que ha recibido”.