Este jueves 11 de abril, la Asamblea Nacional, con 86 votos a favor, aprobó las reformas a la Ley Orgánica de Participación Ciudadana. Normativa que llevaba varios años en construcción y según el proponente de la ley, Patricio Chávez, asambleísta de RC, el nuevo texto refuerza y hace más efectivos los mecanismos y derechos de participación.
El proyecto, que no estuvo exento de polémica por un artículo que finalmente quedó fuera, ahora será remitido al presidente Daniel Noboa para la sanción u objeción, en el plazo de 30 días.
¿Qué contiene la ley?
Los integrantes de la Comisión de Participación Ciudadana de la Asamblea, con base a la experiencia y criterios recogidos, prefirieron dejar sentado el principio de gratuidad que no consta en la ley todavía vigente.
«Ninguna persona o institución podrá cobrar valor alguno por atender solicitudes o reuniones en el sector público, en cualquier función o nivel de gobierno, salvo en los casos expresamente establecidos por la ley», señala la reforma.
Además, otras de las reformar es que «en las mallas curriculares de todas las instituciones educativas, universidades y escuelas politécnicas se impartirá en cada año, o semestre, al menos una asignatura, actividad o competencia para la formación humana sobre valores, cívica, voluntariado, participación ciudadana y los contenidos de la Constitución».
La ley actual se limita a la inclusión de los contenidos de la Constitución en las mallas curriculares del sistema educativo, en todos sus niveles, y no establece por cuánto tiempo se debe impartir esta educación.
Pero, tras lo aprobado, ahora instituciones educativas deben promover, cada año o semestres, actividades para que sus estudiantes se involucren en actividades de voluntariado y participación ciudadana.
Participación de migrantes
«Las autoridades electas por votación popular, en sus visitas en el exterior y en el ejercicio de sus funciones, estarán facultadas, sin restricción alguna, para hacer uso de los locales alquilados o de propiedad de las misiones diplomáticas y oficinas consulares del Ecuador».
El objeto es que puedan realizar actividades que permitan el ejercicio del derecho de participación ciudadana de los ecuatorianos residentes fuera del país.
Audiencias públicas
Si bien esta figura no es nueva, en la reforma se establecen plazos que actualmente no existen: las solicitudes deben ser respondidas en máximo 10 días luego de ser ingresadas y se llevarán a cabo en un mes.
La falta de respuesta a la solicitud o de convocatoria a la audiencia puede acarrear sanciones administrativas.
Silla vacía en el Pleno
Esta figura tampoco es nueva, pero en el caso de la Asamblea, se hace una reforma a la Ley Orgánica de la Función Legislativa para ampliar la silla vacía al pleno del Parlamento.
Actualmente, el ‘asambleísta por un día’ se aplica para las comisiones legislativas permanentes. El ciudadano invitado puede participar con voz, pero sin voto. Esa disposición se mantiene.
Partidos ‘transparentes’
«Todas las organizaciones políticas deberán mantener en su página web la información pública y de libre acceso sobre el destino de los recursos públicos que hayan recibido para su actividad», señala la norma.
Con información de Primicias