Desde el lunes, 1 de septiembre de 2025, Ecuador exige la Visa de Visitante Temporal de Transeúnte a ciudadanos de 45 países. Se trata de un documento de presentación obligatoria que con el que deben contar quienes ingresen al territorio ecuatoriano.
La medida responde a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional, que reformó el artículo 66 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana; así lo explicó el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana en un comunicado.
«La implementación de esta medida busca fortalecer la seguridad del Estado y el control migratorio», señaló la Cancillería
A pesar de la medida, el Ministerio de Relaciones Exteriores reiteró su compromiso con el «respeto a los derechos de las personas en movilidad humana» y a la «observancia del marco legal vigente».
¿Quiénes deben presentar la visa de transeúnte?
La medida aplicará para los ciudadanos de: Afganistán, Angola, Bangladesh, Camerún, Cuba, Egipto, Eritrea, Etiopía, Filipinas, Gambia, Ghana, Guinea, Kenia, India, Irak, Irán, Libia, Nigeria, Pakistán, Nepal, República Democrática del Congo, República Popular Democrática de Corea, Senegal, Siria, Sri Larika, Somalia, Venezuela, Vietnam, Yemen, Haiti, Mali, Costa de Marfil, Myanmar, Uzbekistán, Tayikistán, Albania, Chad, Guinea Bissau, Kirguistán, Mauritania, Sierra Leona, Sudan, Sudán del Sur y China.
¿Cómo se obtiene la visa de transeúnte?
Los ciudadanos extranjeros que lleguen a Ecuador deben solicitar la visa de forma virtual, en la página de la Cancillería serviciosdigitales.cancilleria.gob.ec o haciendo clic en este enlace.
El formulario de solicitud tiene un costo de USD 50 y la Visa de Visitante Temporal de Transeúnte, $ 30.
El trámite deberá realizarse desde cualquier parte del mundo, fuera del territorio ecuatoriano.