El rector y propietario de un plantel educativo privado fue sentenciado a tres años de prisión al ser declarado responsable de homicidio culposo por la muerte de la menor Valentina C., de 11 años.
Un tribunal de garantías penales estableció esa pena para el rector en el grado de autor; además le impuso una multa de diez salarios básicos unificados ($ 4.600) y una reparación de 10.000 dólares.
En esta sentencia, el tribunal declaró el estado de inocencia de otras tres docentes procesadas.
Sobre el rector, los jueces sostuvieron que como principal del plantel educativo tenía la obligación de colocar sistemas de seguridad, como cámaras de vigilancia y una persona que esté a cargo del cuidado de instalaciones.
Este caso surgió en junio de 2016. En ese entonces, un alumno encontró a la menor Valentina, de 11 años, en el área de juegos infantiles. Ella no reaccionaba y un paramédico confirmó el deceso de la niña.
El día anterior, aproximadamente a las 15:15, las docentes vieron con vida a la niña, quien jugaba en una resbaladera mientras esperaba que su madre llegase.
A pesar de que tenían el número telefónico de la madre de la niña, en dos grupos de WhatsApp, no se comunicaron con ella para confirmar el retiro de Valentina de la institución y se fueron, dejándola sola, vulnerando el deber objetivo de cuidado, según expuso la Fiscalía al inicio del juicio por este caso.
Este caso se procesó con base en el delito de homicidio culposo por infringir el deber objetivo de cuidado según el artículo 145, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en concordancia con el artículo 27 del mismo cuerpo legal.