La muerte de un familiar no solo implica afrontar el duelo y los trámites funerarios, sino también una serie de gestiones legales y financieras relacionadas con los bienes, deudas y cuentas bancarias que dejó el fallecido.
En Ecuador, cerca de 8,2 millones de personas mayores de 15 años mantienen al menos una cuenta bancaria, lo que representa el 64,2 % de esta población. Ante este panorama, surge una inquietud frecuente entre los familiares: ¿qué ocurre con el dinero depositado en una cuenta bancaria cuando su titular fallece?
¿Qué pasa con el dinero en la cuenta?
Cuando el titular de una cuenta bancaria muere, los fondos no quedan congelados de forma indefinida. Las entidades financieras activan un proceso legal que permite a los herederos recuperar el dinero, siempre que se cumpla con la documentación y los requisitos establecidos.
De manera general, los familiares deben acudir a la entidad financiera correspondiente y presentar el certificado de defunción, junto con otros documentos que varían según el banco y el monto por reclamar.
En casos donde el saldo supera un valor determinado —que depende de cada institución— es obligatorio presentar la posesión efectiva, trámite legal que identifica a los herederos legítimos y los bienes que integran la herencia, cuando no existe testamento.
Procedimientos según la entidad financiera
Cada banco establece sus propios procesos. Por ejemplo, en Banco Guayaquil, el trámite depende del monto:
- Montos de hasta USD 500: Se requiere el certificado de defunción, cédulas vigentes del heredero o cónyuge, una carta o poder para autorizar el retiro y el comprobante de pago del impuesto a la herencia.
- Montos mayores a USD 500: Es obligatoria la escritura de posesión efectiva, además de los documentos de identidad, carta de autorización y comprobante del pago del impuesto correspondiente.
En el Banco Pichincha, el trámite debe realizarse de forma presencial y exige, entre otros documentos, la partida de defunción, una carta firmada por todos los herederos solicitando el retiro de fondos o el cierre de la cuenta, copias de las identificaciones y la escritura de posesión efectiva.
Heredar también implica asumir deudas
Aceptar una herencia no solo significa recibir bienes como dinero, propiedades o vehículos, sino también asumir las obligaciones financieras pendientes del fallecido. Hipotecas, préstamos y tarjetas de crédito forman parte de la llamada masa hereditaria.
El Código Civil establece que los herederos pueden rechazar la herencia y, en ese caso, no están obligados a pagar las deudas. Si la aceptan, deberán responder ante los acreedores, pero únicamente con los bienes heredados.
La ley define un orden de responsabilidad para el pago de las deudas:
- Cónyuge sobreviviente, si existía sociedad conyugal.
- Hijos, hasta el monto de lo heredado.
- Padres, en ausencia de cónyuge e hijos.
- Hermanos, si no existen herederos directos.
Beneficio de inventario
Los herederos pueden acogerse al beneficio de inventario, un mecanismo legal que permite aceptar la herencia limitando la responsabilidad por las deudas al valor de los bienes recibidos. De esta forma, el heredero no responde con su patrimonio personal si las deudas superan lo heredado.
Deudas que prescriben
No todas las deudas son perpetuas. El Código Civil contempla la figura de la prescripción, que extingue la posibilidad de cobrar una deuda si el acreedor no ejerce acciones legales dentro de un plazo determinado.
- Acciones ejecutivas: prescriben en cinco años.
- Acciones ordinarias: prescriben en diez años.
Si una deuda ejecutiva no se cobra a tiempo, puede transformarse en ordinaria y prescribir en un plazo adicional.
¿Qué pasa si nadie reclama los fondos?
El Código Orgánico Monetario y Financiero establece que los saldos de cuentas bancarias inactivas y no reclamadas por un periodo de entre cinco y diez años pasan a formar parte de la Cuenta Única del Tesoro Nacional.
Lo recomendable es planificar la sucesión patrimonial, contratar seguros de vida o de desgravamen y mantener información clara sobre cuentas y deudas, con el fin de reducir el impacto económico y legal que enfrentan las familias tras el fallecimiento de un ser querido.
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