Un juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia Norte aceptó de manera parcial una medida cautelar presentada por la situación carcelaria en el Centro de Privación de Libertad Guayas n.º 1, conocido como la Penitenciaría del Litoral.
La acción judicial fue interpuesta el 28 de septiembre de 2025 por el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH) y la resolución se conoció en las últimas horas, luego de la audiencia en la que comparecieron representantes del centro penitenciario, del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de la Libertad (SNAI), defensores públicos, delegados del CDH y del Observatorio Social de Tuberculosis.
Durante la diligencia, la parte accionante expuso presuntas irregularidades en los ámbitos de salud y alimentación, detectadas tras una visita de verificación realizada por la Defensoría del Pueblo. Según lo señalado, se evidenciaron personas privadas de libertad con tuberculosis, así como supuestas anomalías en el estado de los alimentos y deficiencias en las condiciones higiénicas del reclusorio.
En respuesta, representantes del SNAI indicaron que la entidad ha asignado espacios físicos adecuados dentro de la infraestructura penitenciaria y que el Ministerio de Salud Pública brinda la atención médica correspondiente. Aseguraron que no se han vulnerado derechos, y que existe un seguimiento conjunto para garantizar la atención de los internos.
Asimismo, la autoridad del centro penitenciario señaló que durante este año se han aplicado correctivos, como la implementación de policlínicos, traslados al Centro Regional n.º 4, un traslado masivo en septiembre, brigadas médicas desde octubre y la provisión de alimentación tres veces al día.
No obstante, defensores públicos cuestionaron la constancia y suficiencia de la atención médica, especialmente frente a enfermedades infecciosas, y solicitaron una mayor coordinación entre las entidades responsables del sistema carcelario y del ámbito sanitario.
Por su parte, una representante del Observatorio Social de Tuberculosis recordó que esta enfermedad es altamente contagiosa y que una persona infectada puede transmitirla hasta a diez más, por lo que insistió en que la única forma de cortar la cadena de contagio es mediante un tratamiento oportuno y adecuado.
El CDH y otras organizaciones sociales manifestaron su preocupación por muertes de personas privadas de libertad, algunas de ellas con síntomas respiratorios compatibles con posibles cuadros de tuberculosis.
Puntos clave del dictamen judicial
Tras escuchar a las partes, el juez resolvió aceptar de forma parcial la acción de protección y dispuso las siguientes medidas:
Declarar la violación de derechos de las personas privadas de libertad en materia de seguridad jurídica, integridad personal, salud, alimentación, rehabilitación social y derecho a cumplir su pena.
Señalar que no se encontraron elementos suficientes para determinar la existencia de tratos crueles, al indicar que no se pudo establecer esa conducta de manera clara.
Ordenar como medida de reparación integral la conformación de una mesa de emergencia penitenciaria, integrada por el SNAI, Defensoría Pública, Defensoría del Pueblo, Ministerio de Salud Pública, Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa, con asistencia técnica en derechos humanos y un comité de familiares de las personas privadas de libertad. Esta instancia deberá atender la situación sanitaria por tuberculosis y hacinamiento, y analizar posibles traslados a otros pabellones.
Disponer que las Fuerzas Armadas cumplan estrictamente los protocolos de intervención en los centros de privación de libertad, sin extralimitarse en sus funciones y actuando conforme al marco constitucional.
Ordenar que el Estado ecuatoriano, en un plazo de seis meses, establezca políticas públicas y protocolos en materia de salud y rehabilitación social.
Disponer que la Defensoría del Pueblo informe cada tres meses al juzgado sobre el cumplimiento de la sentencia.
Autorizar a la Defensoría del Pueblo a realizar visitas periódicas al centro carcelario, en coordinación con el SNAI, el Ministerio de Defensa y el comité de familiares, para dar seguimiento a la ejecución del fallo.











