El Ministerio de Trabajo oficializó una reforma al acuerdo ministerial referente a la prevención de acoso laboral, discriminación y violencia dentro del sector privado. El documento actualizado corresponde a la Norma para la Prevención y Atención a todo caso de Discriminación, Violencia y Acoso Laboral en el Sector Privado.
Entre los cambios más relevantes se establecen nuevas reglas dependiendo del tamaño de la empresa:
Empleadores con 1 a 9 trabajadores:
Ya no estarán obligados a presentar el Protocolo Interno de Prevención y Erradicación de la Discriminación, Violencia y Acoso Laboral. Sin embargo, deberán seguir los lineamientos generales del Ministerio de Trabajo para garantizar el respeto a los derechos laborales.Empleadores con 10 o más trabajadores:
El plazo para presentar el Protocolo Interno y el Programa de Prevención de Riesgos Psicosociales se amplía hasta el 31 de julio del año siguiente a la constitución de la empresa.Empleadores que ya presentaron la documentación:
No deberán hacer modificaciones ni generar nuevos documentos, incluso si el trámite está aún en proceso.
Además, se recordó que el envío de la información debe realizarse mediante el Sistema Único de Trabajo (SUT). Una vez aprobados los documentos, la empresa tendrá 15 días para descargarlos. En caso de observaciones, existirán 10 días adicionales para la corrección.
La reforma fue firmada por el nuevo ministro de Trabajo, Harold Burbano, y tiene como objetivo ajustar la normativa a la realidad de las empresas y fortalecer la protección de los derechos de los trabajadores.











