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Las utilidades deben pagarse hasta el 15 de abril en Ecuador

Las empresas que generaron utilidades en el 2022 tienen la responsabilidad de repartir las ganancias entre sus empleados hasta el 15 de abril. Se estima que el 57 % de las personas con empleo pleno recibirán este bono extra.

El monto por utilidades es un beneficio establecido en el articulo 97 del Código del Trabajo que indica que se debe repartir el 10 % del total de ganancias entre todos los trabajadores y el 5 % para las cargas familiares, entre ellas esposos, parejas en unión de hecho legalizada en el registro civil y todos los hijos menores de 18 años

Otros beneficiarios:

  • – Hijos con discapacidad de cualquier edad
  • – Parejas que trabajen en el mismo lugar
  • – Parejas del mismo sexo en unión de hecho legalizada

Los trabajadores que no tienen derecho a las utilidades

  • -Quienes reciben sobresueldos cuyo monto monto es mayor al porcentaje de utilidades
  • – Trabajan bajo factura
  • – Operarios y aprendices de artesanos

¿Cómo calcular?

Las declaraciones o liquidaciones que hagan las empresas ante el Servicio de Rentas Internas son la base para el cálculo de las utilidades. Aunque hay empresas que declaran que no obtuvieron utilidades en el año fiscal anterior por lo que según el código laboral deben ingresar el reporte en el sistema del SRI y del Ministerio del Trabajo. En el caso de el Ministerio del Trabajo compruebe que se incumple con este derecho y la empresa mintió se enfrenta a una sanción que consiste en el pago a los trabajadores de lo que les corresponde y una multa de 3 a 20 salarios básicos.

Las declaraciones o liquidaciones que hagan las empresas ante el Servicio de Rentas Internas son la base para el cálculo de las utilidades. Aunque hay empresas que declaran que no obtuvieron utlidades en el año fiscal anterior por lo que según el Código Laboral deben ingresar el reporte en el sistema del SRI y del Ministerio del Trabajo. En el caso de el Ministerio del Trabajo compruebe que se incumple con este derecho, la empresa se enfrenta a una sanción que consiste en la obligatoriedad del pago a los trabajadores de esas utilidades y una multa de 3 a 20 salarios básicos.

El Ministerio del Trabajo dispuso en su página web www.trabajo.gob.ec en el apartado servicios Consignación de Utilidades y Salario Digno el sistema de consulta para que los trabajadores puedan conocer cuánto les corresponde.

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