En una decisión judicial de última instancia, el Tribunal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) rechazó el recurso de casación presentado por la defensa de un adolescente y confirmó la condena de cuatro años de internamiento institucional por el delito de actos de odio en perjuicio de una joven, cuyo sufrimiento culminó en suicidio. La Fiscalía General del Estado informó además que se dispuso el pago de 3 000 dólares como reparación integral a favor de los familiares de la víctima.
Los hechos ocurrieron en una institución educativa fiscal del centro norte de Quito, donde la víctima y el agresor eran compañeros de estudio. Según la investigación de la Fiscalía de la Unidad de Justicia Juvenil N.º 4, las agresiones —tanto verbales como físicas— se prolongaron durante aproximadamente un año, hasta que en marzo de 2023 el adolescente agredió a la joven golpeándole la espalda, lo que le causó una lesión en la columna que dificultó su movilidad.
El proceso penal se inició tras la denuncia presentada en abril de 2023 por el padre de la víctima. Durante la audiencia de juzgamiento, celebrada en marzo de 2024, la fiscal a cargo destacó que los reiterados actos de odio provocaron graves afectaciones en la salud y en la vida cotidiana de la joven, exacerbadas por la falta de recursos económicos para acceder a terapias de rehabilitación. La autopsia médico-legal determinó que la joven se quitó la vida como consecuencia de las agresiones sufridas.
Para sustentar la acusación, la Fiscalía presentó una serie de testimonios de docentes, psicólogos, trabajadores sociales y personas del entorno de la víctima, así como pericias forenses, entre ellas una experticia antropológica y una autopsia psicológica.
El caso fue procesado por el delito de actos de odio, tipificado en el artículo 177, inciso segundo del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que contempla sanciones cuando la violencia produce la muerte de una persona. Al tratarse de un adolescente, el tribunal ordenó la aplicación de medidas socioeducativas, de acuerdo con el artículo 385 del Código de la Niñez y Adolescencia.
Este fallo marca un precedente en materia de violencia escolar y delitos de odio en Ecuador, reflejando el avance judicial en la atención de casos donde la discriminación y el acoso llevan a consecuencias extremas para las víctimas.
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