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Familiares con ingresos menores al salario básico serán cosiderados cargas familiares

Los familiares que no perciban ingresos superiores al salario básico unificado podrán ser considerados cargas familiares para el anexo de gastos personales, así lo anunció este viernes 1 de marzo el Servicio de Rentas Internas (SRI).

Esta normativa que entra vigencia desde este 1 de marzo busca beneficiar a un mayor número de contribuyentes.

¿Quiénes pueden ser considerados cargas familiares?

Podrán ser considerados cargas familiares:
Padres: No deben percibir ingresos gravados por el impuesto a la renta.
Cónyuge o pareja en unión de hecho: No deben percibir ingresos gravados por el impuesto a la renta.
Hijos hasta los 21 años: No deben tener ingresos gravados por el impuesto a la renta.
Hijos con discapacidad: Sin límite de edad, no deben tener ingresos gravados por el impuesto a la renta.

¿Cómo incluir a las nuevas cargas familiares?
Los contribuyentes que deseen incluir a familiares que no fueron considerados en el anexo original, debido a que sus ingresos gravados en el año 2023 superaban el salario básico, podrán realizar lo siguiente:

Presentar un anexo sustitutivo: Este anexo permitirá registrar a los familiares que ahora cumplen con la condición de tener ingresos menores a $450.
Realizar la declaración sustitutiva de impuesto a la renta: Esta declaración se podrá realizar del 8 de marzo del 2024 en adelante.

Guía para el registro de cargas familiares
El SRI ha emitido una guía para facilitar el proceso de registro de cargas familiares a partir de 2023. La guía estará disponible en la página web del SRI en la sección formularios e instructivos/ Anexo Gastos Personales en Línea – AGP/ Guía para el Usuario – Registro de cargas familiares.

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