El plazo se amplía para declarar el IVA de octubre y noviembre de 2024

Tras la emisión de la resolución No. NAC-DGERCGC24-00000046, el Servicio de Rentas Internas (SRI) resolvió que se amplían los plazos de presentación de las declaraciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de octubre y noviembre de 2024, hasta enero de 2025 sin que esto cause multas, recargos ni intereses.

Se lo hace en cumplimiento de la Ley Orgánica para el Alivio Financiero y Fortalecimiento Económico. Esto, de acuerdo con el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) detallado en la tabla:

Tabla con 2 columnas y 10 filas.
16
27
38
49
515
621
723
829
930
031

También establece las instituciones del Estado, las empresas públicas reguladas por la Ley Orgánica de Empresas Públicas, los contribuyentes especiales, aquellos contribuyentes cuyo domicilio principal se encuentre en Galápagos y los agentes de percepción del IVA no residentes prestadores de servicios digitales que, de manera excepcional, podrán presentar las declaraciones de octubre y noviembre de 2024, hasta enero de 2025 (sin que esto cause multas, recargos ni intereses) conforme la siguiente tabla:

Tabla con 2 columnas y 4 filas.
Contribuyente especial11
Servicios digitales15
Instituciones y empresas públicas20
Domicilio principal Galápagos28

Si la fecha de vencimiento coincide con los días de descanso obligatorio o feriados nacionales o locales, esta se trasladará al siguiente día hábil, a menos que por efectos del traslado, la fecha de vencimiento corresponda al siguiente mes. En este caso no aplicará esta regla, y la fecha de vencimiento deberá adelantarse al último día hábil.

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