En Ecuador, el décimo cuarto sueldo es una remuneración adicional que todos los trabajadores en relación de dependencia tienen derecho a recibir cada año, y su origen se remonta a 1968, cuando se creó con el propósito de apoyar a las familias ante los gastos que implica el inicio del año escolar.
Este beneficio consiste en un monto equivalente a un Salario Básico Unificado (SBU) vigente —que para 2026 está establecido en USD 482— y se entrega de manera anual en fechas distintas dependiendo de la región geográfica en la que labora el trabajador.
Fechas de pago por región:
Costa y Galápagos: el pago se realiza hasta el 15 de marzo, antes del inicio del año lectivo en esas zonas.
Sierra y Oriente (Amazonía): el pago se efectúa hasta el 15 de agosto, acorde a su calendario escolar.
Este bono también se conoce popularmente como “bono escolar” debido a su uso principal: ayudar a cubrir gastos asociados con uniformes, matrícula, útiles y otros costos educativos que se presentan justo cuando inicia el ciclo escolar.
¿Quiénes lo reciben?
Trabajadores bajo contrato de trabajo que hayan laborado un año completo con el mismo empleador reciben el monto completo.
Quienes no hayan cumplido un año de servicio tienen derecho a un valor proporcional, calculado en función de los meses trabajados.
Este beneficio está contemplado por la legislación laboral ecuatoriana y es de carácter obligatorio para empleadores del sector público y privado.











